DE PIEDRA ...

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DESDE PETRA, FELIZ CURSO

martes, 27 de septiembre de 2011

¡ ANIMAROS, SABÁTIC@S!

La Orden de 3 de abril de 2008, del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, publicada
en el «Boletín Ofi cial de Aragón» de 28 de abril de 2008, estableció las condiciones para
el reconocimiento del derecho del personal docente no universitario, al disfrute de un curso
escolar sin prestación de servicios con retribución parcial, en aplicación del Acuerdo de 29 de
junio de 2006, de la Mesa Sectorial de Educación.
En el artículo 5 de la mencionada Orden se regula que la Consejería competente en materia
educativa determinará anualmente el número de funcionarios docentes no universitarios
que podrán acogerse a este derecho.

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